Venta sujeta a detracción: cobro y depósito en el Banco de la Nación
La empresa presta un servicio de mantenimiento de maquinaria por S/ 10,000 más IGV. El servicio está sujeto a detracción del 12%. El cliente deposita la detracción en la cuenta de la empresa en el Banco de la Nación y le transfiere el saldo a su cuenta corriente. Luego la empresa usa ese fondo para pagar su IGV.
Cálculo
| Valor del servicio | S/ 10,000.00 |
| IGV 18% | S/ 1,800.00 |
| Total factura | S/ 11,800.00 |
| Detracción 12% (11,800 × 12%) | S/ 1,416.00 |
| Saldo que cobra la empresa en su banco | S/ 10,384.00 |
Asiento 1 · Por la prestación del servicio
| Cuenta | Denominación | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 1212 | Emitidas en cartera | 11,800.00 | |
| 40111 | IGV – Cuenta propia | 1,800.00 | |
| 70321 | Servicios terminados – Venta local – Terceros | 10,000.00 | |
| Totales | 11,800.00 | 11,800.00 |
Asiento 2 · Por el cobro y el depósito de la detracción
| Cuenta | Denominación | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 1041 | Cuentas corrientes operativas | 10,384.00 | |
| 107 | Fondos sujetos a restricción (cuenta de detracciones) | 1,416.00 | |
| 1212 | Emitidas en cartera | 11,800.00 | |
| Totales | 11,800.00 | 11,800.00 |
Asiento 3 · Por el uso del fondo de detracciones para pagar el IGV
| Cuenta | Denominación | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 40111 | IGV – Cuenta propia | 1,416.00 | |
| 107 | Fondos sujetos a restricción (cuenta de detracciones) | 1,416.00 | |
| Totales | 1,416.00 | 1,416.00 |
¿Por qué estas cuentas?
La venta se registra igual que cualquier servicio: el cliente te debe el total de la factura (1212), el IGV es una obligación con SUNAT (40111) y el ingreso es el valor del servicio (70321).
Al cobrar, la factura se cancela por completo, pero el dinero entra por dos lados: el saldo a tu cuenta corriente (1041) y la detracción a tu cuenta del Banco de la Nación. Ese dinero sigue siendo tuyo, pero solo puedes usarlo para pagar tributos; por eso va a una cuenta de fondos restringidos (107) y no a la cuenta corriente.
Cuando declaras y pagas el IGV con esos fondos, se reduce la obligación (40111) y se consume el fondo (107).
Base normativa
- TUO del D. Leg. 940 (D.S. 155-2004-EF): Regula el sistema de pago de obligaciones tributarias (SPOT): el adquirente deposita un porcentaje del precio en la cuenta del proveedor en el Banco de la Nación, y el proveedor usa esos fondos para pagar sus tributos.
- R.S. 183-2004/SUNAT, Anexo 3, numeral 3: Mantenimiento y reparación de bienes muebles: 12% desde abril de 2018 (R.S. 071-2018/SUNAT). La detracción aplica a operaciones mayores a S/ 700, y el depósito puede hacerse sin decimales (R.S. 178-2005/SUNAT).
- NIIF 15, párr. 47: El ingreso es el valor del servicio, sin el IGV.
Errores comunes
- Registrar la detracción como un gasto o como un menor ingreso: es parte del cobro.
- Llevar la detracción a la cuenta corriente 1041 como si fuera de libre disponibilidad.
- Calcular la detracción sobre el valor sin IGV: se calcula sobre el importe total de la operación.
Ejemplo con montos referenciales. Las cuentas siguen el PCGE (versión modificada 2019); la divisionaria exacta puede variar según el plan de cuentas de cada empresa. Verifica la norma vigente antes de aplicarla.